Si en tu trabajo ya te dijeron que tendrás que presentarte el lunes 16 de noviembre, revisa tu recibo: ese día es descanso obligatorio y trabajar debe pagarse de forma distinta a una jornada común.
La Ley Federal del Trabajo fija el tercer lunes de noviembre como día de descanso en conmemoración del 20 de noviembre. En 2026 ese lunes cae el día 16.
¿Cuánto me corresponde si trabajo?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que deben pagarte tu salario del día más un salario doble adicional por el servicio prestado; en total equivale al triple de tu salario diario.
Un ejemplo fácil:
Si ganas 400 pesos al día, por trabajar el lunes 16 te corresponden 1,200 pesos por ese día: 400 pesos de salario ordinario y 800 pesos adicionales. Si tu pago diario es de 500 pesos, el total sería de 1,500 pesos.
No significa que todas las personas reciban una cantidad extra idéntica, pues depende de su salario diario. Lo importante es identificar el pago adicional que corresponde al descanso obligatorio trabajado.
¿Y si descanso ese lunes?
El día debe pagarse normalmente, aunque no trabajes. No se trata de un día que el patrón pueda descontar por ser feriado.
La Profedet señala que las personas trabajadoras cuentan con un año para reclamar el pago triple correspondiente a un día de descanso obligatorio laborado.
En Ciénega de Flores, donde muchas familias laboran en industrias, comercios y servicios, conviene guardar el rol de turnos y el recibo de nómina para aclarar cualquier diferencia.

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